Fallo millonario contra el Ministerio de Transporte y Obras Públicas por daños en la construcción de una ruta
La cartera tendrá que pagar el equivalente a US$ 1.150.000 por perjuicios a productores de Treinta y Tres por falta de drenajes, aunque puede apelar el fallo.Tres productores rurales iniciaron un juicio en 2020 contra el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) por los daños que causaron en sus campos, ganados y alambrados la construcción de la ruta 18 en Treinta y Tres, realizada en 2001.
Los demandantes se basan en una condena anterior que favorece a todos los damnificados por la falta de drenaje de esa carretera.
En 2007, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de 1° Turno condenó al Ministerio de Transporte a realizar las obras de desagüe de la ruta 18 frente a los campos de los productores rurales demandantes y zonas aledañas en un plazo de dos años. En 2009, el Tribunal de Apelaciones de 1° Turno confirmó la sentencia apelada por la cartera y dispuso que el Ministerio de Transporte debía indemnizar daños posteriores a 2001 siempre y cuando el productor probara en un juicio haber sufrido perjuicios por las crecientes generadas por la falta de drenajes de la ruta 18.
El 14 de octubre de 2016, el Ministerio de Transporte construyó tres bocas de salida de agua en el terraplén de la ruta. Los tres productores consideraron que las mismas fueron “mal construidas, sin plan y sin estudios”, por lo que demandaron a la cartera desde el 1 de julio de 2001 hasta la fecha de la realización de los drenajes.
La demanda
Los propietarios rurales explotan tres campos que totalizan unas 650 hectáreas. En el escrito presentado ante el juez de lo Contencioso Administrativo de 3° Turno, Pablo Javier Gandini, los productores rurales relataron las consecuencias de las lluvias en sus padrones, las inundaciones en los mismos y los daños ocasionados por las crecientes desde el 1 de julio de 2001 -fecha de la sentencia que obligó al MTOP a indemnizar a los damnificados- hasta el 14 de octubre de 2016 -día en que la cartera construyó los drenajes en la ruta 18.
Los demandantes sostuvieron, por ejemplo, que debieron firmar contratos de arrendamientos de campos o pastoreo en esos 15 años; enfrentaron la necesidad de realizar continuados traslados de los animales lo que les genera estrés y enfermedades; padecieron múltiples roturas de alambradas y porteras por las crecidas y pérdidas de peso de los ganados por sus movimientos y por el estrés, entre otros perjuicios.
Los tres productores reclamaron por daños y perjuicios una suma que ronda los US$ 1.200.000 más intereses.
El 29 de octubre de 2020, el Ministerio de Transporte rechazó la vinculación de los daños con las inundaciones generadas por la ruta 18 y los montos reclamados por los productores.
“Los eventuales daños a que se refieren los productores demandantes responden a casos de lluvias que históricamente han tenido lugar en los predios anegadizos (hechos de la naturaleza). Desde siempre estos predios estuvieron expuestos a inundaciones aún con anterioridad a la ruta 18. Ello (las inundaciones) no resulta de un hecho ilícito del Estado”, afirmó el asesor legal de la cartera.
El fallo
El juez Gandini consideró que “resulta probado” la existencia de inundaciones entre 2001 y 2016 por estudios técnicos (Dinagua), que llegaron a demostrar que en ocasiones las crecientes en la zona superaron los cuatro metros.
El magistrado sostuvo que fotografías y pruebas testimoniales revelaron que, con el nuevo trazado de la ruta 18, “se aumentó” el volumen de las inundaciones, lo que llevó a que “se generaran daños” a los demandantes en el período reclamado (2001-2016). Y agregó que en ese período el Estado “no ha realizado” las obras necesarias para evitarlos.
Gandini también se refirió a una pericia clave sobre los drenajes en la zona. El análisis estableció que, luego de construida la ruta, “se redujeron” las secciones de desagües de los cauces del lugar.
Por ello, Gandini amparó parcialmente la demanda contra el MTOP otorgando una reparación a los demandantes de US$ 655.629 por arrendamientos de campos, gastos sanitarios, reparaciones de alambradas y pérdidas de capacidad productiva. También fijó una reparación de $ 990.338 por juntar ganados y llevarlos fuera de los campos y reparaciones de alambrados. Además estableció que el valor de 486.753 kilos por pérdida de peso del ganado por movimientos y el precio del animales muertos por las crecidas se liquidarían en otra instancia judicial. Las pérdidas por ambos conceptos superarán el millón de dólares.
El Ministerio de Transporte puede apelar el fallo.
TESTIMONIOS DE TESTIGOS
“El agua corre como avalancha”
Tres testigos declararon ante el juez Pablo Javier Gandini sobre los destrozos que generaban en los campos de los demandantes las inundaciones provocadas por la ruta 18. Derbis B. afirmó: “Vivo arroyo por medio de lo de Oscar C. Le arrendé un pedazo de campo para que él pudiera sacar los animales por la crecida. (...) El problema principal era que la ruta le hacía contención a las aguas y le provocaba crecidas. Las aguas le inundaban mucho más que antiguamente cuando no existía la ruta. También yo tuve consecuencias negativas con la construcción de la ruta. Se inunda más”. Y agregó: “Frente a la propiedad de mi vecino hay una corriente que impresiona. Es una avalancha de agua. Las bocas (en el terraplén de la ruta) expiden agua que parece que las estuviera bombeando”.
En tanto, Manuel S. dijo que era empleado de uno de los demandantes. “El agua corre por el campo, pega en la ruta y no sale. Ahí se inundan los campos. Eran grandes las inundaciones. Y eran seguido. La fuerza del agua es fuerte. Arrastra al ganado y a los caballos”, testificó el peón ante el juez Gandini.
En tanto, Luis R. coincidió con los otros testigos. “La velocidad del agua es muy fuerte. Lleva a las vacas, caballos, lleva a la persona. Esta situación es muy cansadora porque de repente estás descansando de noche y si llueve hay que ir a sacar a los animales. Hay que hacer muy rápido las cosas o el ganado se tira al agua”.