ESTÍMULOS SECTORIALES
Gobierno bajó requisitos para que grandes obras accedan a beneficios fiscales
A través de un decreto se fijaron las reglas para las exoneraciones, que pueden variar entre 20% y 40% de IRAE, siempre que la inversión sea superior a US$ 6,4 millones.
Ya previo al coronavirus las autoridades sabían que la construcción era uno de los sectores de actividad que iba a tirar del país en los próximos años, pero esa apuesta ahora tomó más magnitud. Aunque hay un piso dado por grandes obras que están iniciando como la segunda planta de UPM en Pueblo Centenario y los paquetes de infraestructura vial y educativa a través de la modalidad de Participación Público-Privada (PPP), se buscará captar más inversión privada.
El gobierno consideró que “en este marco (de freno económico por los efectos de la pandemia) es particularmente importante dinamizar actividades intensivas en empleo y que generan externalidades positivas hacia otros sectores de la economía”, y presentó a través de un decreto medidas para un sector que entiende “cumple con esa doble condición”: los proyectos de gran dimensión económica, tanto de construcción de inmuebles (para venta o alquiler) con destino a oficinas o vivienda como los emprendimientos de urbanización de iniciativa privada.
“Los estímulos fiscales son necesarios a los efectos de viabilizar las inversiones del sector”, dice el decreto que el gobierno publicó ayer.
El esquema de beneficios para grandes obras ya fue utilizado por el gobierno anterior, que anunció en 2016 exoneraciones de impuestos y tasas a la importación de equipos, máquinas y materiales destinados a la obra civil y una rebaja de entre 20% y 30% —a más monto invertido mayores beneficios— del Impuesto a la Renta de las Actividades Empresariales (IRAE). Ante el planteo del sector empresarial, en noviembre pasado el Ministerio de Economía extendió el plazo de ejecución de la obra (de fines de 2021 al término de 2022) para todos los proyectos que se presentaran antes de culminar el 2019 y comenzaran las tareas antes del 15 de enero.
Es decir que para nuevos proyectos de gran porte no había al día de hoy beneficios vigentes. El reciente decreto establece una nueva definición para las grandes obras que pueden acceder a las exoneraciones: “se reduce el importe que define los proyectos de gran dimensión económica así como el porcentaje del área que debe ser destinado a uso común”, señaló a El País el socio de Ferrere Carlos Falco, integrante del equipo de servicios del sector inmobiliario.
Para los proyectos nuevos, el límite es que tengan un valor en obra civil y bienes muebles destinados a las áreas de uso común superior a 60 millones de Unidades Indexadas (UI) —unos US$ 6,4 millones—. También esto aplica para las obras ya en curso en las que falte ejecutar al menos ese monto de la inversión.
A su vez, “se amplía el periodo para ejecutar la obra” ya que la reglamentación anterior establecía 36 meses y ahora habrá 60 meses desde el permiso de construcción para las obras nuevas, y 48 meses para las que se reactiven —contando desde que hacen la presentación ante la Comisión de Aplicación (Comap) de la ley de Inversiones—.
En todos los casos, los proyectos deben haber sido postulados antes del cierre de 2021 y el período de ejecución de las inversiones no se puede extender más allá del 30 de abril de 2025.
Además, el decreto establece la posibilidad de realizar ampliaciones de los proyectos ya promovidos de hasta el 30% de la inversión, cumpliendo con el cronograma original. Esto según Falco es “es una novedad puesto que la reglamentación anterior no lo contemplaba”.
A nivel de los requisitos exigidos a los constructores, el experto de Ferrere repasó que “antes la inversión (necesaria) era de 123 millones de UI para Montevideo, y las áreas comunes de 20% y 15% para Montevideo, lo que ahora pasa a 60 millones de UI y 10% de áreas de uso común”.
Una fuente de la industria de la construcción comentó a El País que estas medidas atienden los planteos que hicieron a las autoridades, tanto durante la campaña electoral como en la transición. Este decreto junto a los cambios en las reglas para las viviendas promovidas o de interés social —esquema que permite construir soluciones habitacionales accediendo a beneficios fiscales— había sido un compromiso que tomó el presidente Luis Lacalle Pou tras un encuentro que mantuvo en enero con representantes del sector inmobiliario y de la Asociación de Promotores Privados de la Construcción (Appcu).
¿Cuáles son los beneficios a los que pueden acceder los proyectos?
Se establecen escalas a los efectos de determinar la exoneración de IRAE: 15% cuando el monto de la inversión se encuentre entre 60 millones de UI y 90 millones de UI —entre US$ 6,4 millones y US$ 9,7 millones—; 20% cuando vaya del último umbral hasta 205 millones de UI —unos US$ 22 millones—; 25% en los casos que la inversión esté entre el último número y 287 millones de UI —unos US$ 30,8 millones—; 30% cuando el proyecto presentado llegue hasta 574 millones de UI —unos US$ 61,6 millones—; y 40% si supera este último valor.
Falco explicó que “el plazo máximo para la exoneración de IRAE será de 10 años a partir del ejercicio que se obtenga renta fiscal y el monto a exonerar no puede superar el 90% del impuesto a pagar (anteriormente no podía superar el 60%).
Agregó que “un punto que se mantiene en la nueva reglamentación es que en caso que no se complete la totalidad de la inversión antes del plazo establecido, siempre que se haya ejecutado más del 50% del avance de obra, los porcentajes de exoneración se proporcionarán en función del grado de avance”.
En el caso del IVA, hasta ahora se daba al inversor un crédito para adquisiciones de equipos, materiales y servicios destinados a la obra civil, lo que ahora se extiende a los bienes muebles exclusivamente destinados a las áreas de uso común.
A su vez, la importación directa por parte de la empresa que accedió al beneficio de estos ítems estará exonerada de todo tributo. Mientras que se otorga una exoneración del Impuesto al Patrimonio (IP) por el término de ocho años si el proyecto se ubica en Montevideo y 10 años si está radicado en el interior del país —el beneficio abarca también a los predios donde se realice la inversión y por toda su vida útil a los bienes destinados a las áreas de uso común—.