Con dos años de atraso la CARU publica parcialmente informes de los monitoreos a la pastera
Comprende los resultados a nueve ingresos a la planta de Fray Bentos entre noviembre 2018 a julio 2019. En cuatro de esas inspecciones se detectaron varios incumplimientos a la normativa. El contenido completo de los informes que publicó la CARU.Este lunes 5 de octubre la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) publicó los resultados de los monitoreos realizados por el Comité Científico a la planta de celulosa de Botnia en Fray Bentos y en la desembocadura del río Gualeguaychú.
Se trata de los controles correspondientes al lapso comprendido entre noviembre de 2018 a julio de 2019, llevados a cabo durante la gestión macrista en la CARU, por lo que se trata de una publicación parcial de los monitoreos ya realizados.
Es la primera vez que la nueva administración binacional de la CARU publica los informes de los monitoreos a la planta de celulosa y de la desembocadura del río Gualeguaychú en el Uruguay. Aún no son públicos los resultados y las conclusiones respecto a los 14 ingresos posteriores a julio de 2019, es decir desde agosto del año pasado y todo lo que va del presente 2020.
La constatación de importantes anomalías detectadas en la planta de Fray Bentos explica en gran parte los motivos por los cuales la anterior conducción de la CARU no publicó en tiempo y forma los resultados obtenidos.
En por lo menos cuatro de esos nueve ingresos cuyas conclusiones ahora ven la luz -entre diciembre de 2018 y marzo de 2019-, se comprobaron importantes infracciones a la normativa vigente por parte de la pastera nórdica. El último informe con los resultados de los monitoreos difundido por la anterior gestión de la CARU había sido en octubre de 2018, época en la que no se detectaban "incumplimientos".
Con respecto a los resultados de los nueve documentos que ahora se difunden con los resultados de las comprobaciones realizadas en la desembocadura del río Gualeguaychú, en todos los casos, el Comité Científico halló la presencia de aluminio, amonio, berilio y hierro. En otras tres ocasiones, además de los anteriores contaminantes, se detectó la presencia de PCB totales y en una ocasión hidrocarburos totales de petróleo. En cuanto a la planta de celulosa, solo en cinco de los controles, “no se detectaron incumplimientos a la normativa vigente”.
Los incumplimientos normativos comprobados
De acuerdo a los documentos publicados por la CARU, en diciembre de 2018 (Ingreso 91) la planta de Botnia incumplió con el parámetro sobre vertidos de elementos fibrosos en el efluente, ya que se constató la presencia de elementos tales como lana, estopa y algas en los sensores de la Canaleta Parshall y "en el tabique horizontal de la misma", en la zona de volcado de efluentes de la planta. Que se detectaran algas en el efluente tiene una sola traducción: fósforo.
Al mes siguiente, enero de 2019, el Comité Científico comprobó que en la Pileta de Pluviales 3 que corresponde al denominado "Patio de Madera" de la planta de celulosa de Fray Bentos, había una rotura en un caño de enfriamiento que provocaba que un aumento del PH de los líquidos allí acumulados. Lo mismo ocurría en la Pileta 4, en la zona del efluente, debido a que se certificó que había una descarga proveniente del desbordamiento del tanque de la planta de tratamiento de agua, ocasionado en la rotura de un microtamiz de dicha la planta.
En el ingreso a la planta número 93 de febrero de 2019, las infracciones que se comprobaron en la planta de Botnia no fueron para nada menores. Se encontraron sólidos retenidos en la reja de 10 milímetros en el Canal Parshall en la zona del efluente, lo cual no está permitido por la normativa. Asimismo, en la Pileta 1 en la zona de la toma de agua, el PH estaba sobrepasado por la rotura de un caño de enfriamiento en el "Patio de Madera" de la planta. También en la Pileta 4, en la zona del Efluente, "el caudal estimado" de 1,5 litros por segundo que se arrojaba en ese momento al río Uruguay presentaba un PH de 6,80, sobrepasando la norma. Allí además se constató una descarga proveniente por el desbordamiento del tanque de la planta de tratamiento de agua.
Pero esto no fue todo. También el Comité Científico comprobó en su ingreso a la pastera, en febrero del año pasado, que en la zona del efluente de Botnia “los sensores no se encontraban sumergidos en el agua” y que al momento de ingresar a la planta “los datos online no se encontraban disponibles en la base de la DINAMA” (Dirección Nacional de Medio Ambiente uruguaya).
Finalmente, en marzo de 2019, en la pastera de Botnia de Fray Bentos, el Comité Científico comprobó que en la Pileta 4 (Efluente) había una descarga proveniente por el desbordamiento del tanque de la planta de tratamiento de agua lo cual no está permitido.
Así es como la CARU permite contaminar a Botnia
Las conclusiones de los informes ahora publicados deforman la normativa, ya que por ejemplo ignoran la vigencia del Libro 4 del Digesto para el Uso y Aprovechamiento del Río Uruguay. El Título 2, del Tema E3, referido a la Contaminación, determina y clasifica los estándares de calidad de las aguas puesto que expresa textualmente: “Art. 2°) Las aguas del Río se clasifican, atendiendo a los usos legítimos preponderantes, en: Uso 1: Aguas crudas o brutas destinadas al abastecimiento público con tratamiento convencional. Uso 2: Aguas destinadas a actividades de recreación con contacto directo. Uso 3: Aguas destinadas a actividades agropecuarias. Uso 4: Aguas destinadas a la conservación y desarrollo de la vida acuática”.
Pero primordialmente, el Artículo 40° del Estatuto del Río Uruguay expresa textualmente: “A los efectos del presente Estatuto se entiende por contaminación la introducción directa o indirecta, por el hombre, en el medio acuático, de sustancias o energía de las que resulten efectos nocivos.
Respecto a las concentraciones de Fosforo Total en la zona del efluente de Botnia sobre el río Uruguay, el Comité Científico ignoró la normativa vigente más exigente, que está determinada en el Decreto 253/1979 uruguayo, que establece 0,025 miligramos de fósforo por litro de efluente, de acuerdo a la clasificación y estándares de calidad de aguas como se mencionó que figura en el Digesto.
Ahora bien: en el informe de la CARU correspondiente a Noviembre de 2018, por ejemplo, el valor total del fósforo encontrado fue de 1,17 miligramos por litro de efluente, un número inmensamente superior al máximo permitido.
¿Qué es lo que hace entonces el Comité Científico de la CARU en su informe? En lugar de aplicar el Artículo 40° del Estatuto del Río Uruguay (norma máxima que no se puede ignorar) en concordancia con lo que dispone el Artículo 5° del citado decreto uruguayo, que establece el parámetro más exigente (0,025 mg/l), el Comité Científico de la CARU de manera artera se vale de otro artículo del mismo decreto uruguayo: el artículo 11° que fija un máximo de 5 miligramos de fósforo por litro para “Desagües a colector del alcantarillado público”.
Conclusión: la CARU hace figurar que Botnia, arrojando 1,17 miligramos por litro de efluente, no está contaminando el río Uruguay. Un mamarracho más dentro del simulacro de monitoreo que lleva adelante la CARU a traves del Comité Científico. El citado artículo 11° del Decreto 253 uruguayo, es aplicable para los servicios cloacales en ese país, pero no rige en las aguas de río Uruguay.
El río Uruguay no es un colector del alcantarillado público uruguayo. Sin embargo para la CARU pareciera que sí.
Así es como la CARU permite que Botnia contamine impunemente el río Uruguay.