Delitos ambientales: diputados en la disyuntiva de tener ley "modificable" o dejar pasar otro período
El último debate lo generó la propuesta del penalista Gastón Chaves de que solo pueda denunciar esos delitos el Ministerio de Ambiente, lo que fue cuestionado por profesores de Derecho Ambiental.
Los diputados que integran la comisión de Constitución, Códigos y Legislación tendrán que tomar una resolución en julio sobre si votan la ley que crea los delitos ambientales –los agrega al Código Penal- que se aprobó hace un año en el Senado, o si la dejan pasar un período más como viene ocurriendo desde hace más de 20 años, cuando se presentaron las primeras iniciativas de este tipo.
El 3 de julio está previsto que vuelva a sesionar la comisión y sus integrantes tendrán que definir si aprueban el texto como viene del Senado, para que pase al plenario, o si le introducen cambios, ya que el proyecto aprobado en Senadores recibió críticas y pedidos de modificaciones.
El subsecretario de Ambiente Gerardo Amarilla que compareció ante la comisión en abril como ministro interino les pidió a los diputados que voten el texto como viene del Senado para "hacer historia" y lograr una herramienta fundamental y necesaria" en el ámbito jurídico. Les reclamó "ser prácticos" aunque "la solución no sea perfecta", y aunque "sea modificable".
"Capaz que ese texto no es el ideal; a través de las redes sociales y de los comentarios que recibimos advertimos que tuvo muchas objeciones. Por un lado, recibimos reclamos de las ONG ambientalistas -con muchas de las cuales tenemos muy buena relación- que piden mucho más y argumentan que el texto se queda corto y que habría que avanzar, por ejemplo, en el tema de la fauna, estableciendo como delito la afectación de la fauna en todo el territorio y no solo en las áreas protegidas (...) Creo que si podemos avanzar en este texto y aprobarlo en esta coyuntura y en lo que resta de este período legislativo, seguramente estaremos haciendo historia y logrando una herramienta fundamental y necesaria para el ordenamiento jurídico nacional. Si nos ponemos a tratar de modificarlo y de buscarle la perfección, seguramente no obtengamos la aprobación en este período y Uruguay seguirá sin delitos ambientales", advirtió.
Más de 50 organizaciones ambientales plantearon que el proyecto aprobado no protege adecuadamente la biodiversidad del territorio nacional, como informó La Diaria.
El diputado Eduardo Lust coincidió con Amarilla en que contar con la ley va a permir "decir en fotos internacionales, y también en otros sitios, que Uruguay salió de la lista de los dos países que no tienen delitos ambientales".
Propuesta de penalista para que sólo denuncie delitos el Ministerio de Ambiente generó polémica
En la última reunión de la comisión del 5 de junio la comisión discutió una propuesta del penalista Gastó Chaves a quien la comisión le había pedido una opinión sobre el proyecto. En el informe alque accedió El Observador, Chaves sugirió que las denuncias ambientales se realicen a instancia de parte, como sucede con los delitos tributarios que son denunciados por la DGI luego de una intervención administrativa.
En su informe el penalista señaló que “el delito ambiental debería pasar en su consideración por la evaluación previa de la entidad competente y con experiencia en la materia, como lo es el Ministerio de Ambiente” y agregó que esta condición “ayudaría considerablemente en el trabajo judicial, propiciando la unificación de criterios en un ámbito (fiscal y judicial) donde se carece de experiencia con relación a delitos ambientales por ahora inexistentes”.
El diputado colorado Ope Pasquet consideró "muy interesante" y "razonable" la propuesta de Chaves en el sentido de que al pasar por el fitro del Ministerio de Ambiente se evitaría sobrecargar al sistema de justicia y a los operadores que tendrán "orfandad técnica". "Esta idea de la instancia de parte me parece que puede ser un aporte valioso para dar a esto un cauce adecuado desde el punto de vista práctico, pensando en cómo esto funciona", opinó.
Sin embargo, profesores de Derecho Ambiental de la Universidad de la República y de la Universidad de Montevideo que pasaron por la comisón lo objetaron.
El profsor de Udelar, Santigo Inchausti dijo que la propuesta le genera "cierta incertidumbrejurídica". "¿Dependerá del ministro qué delito se persigue y cuál no? Me parece que se puede contar con el apoyo técnico, con esas remisiones a las normas reglamentarias en las que ya están detallados esos aspectos, brindando mayor seguridad jurídica".
Por su parte el docente de la UM Álvaro Carrau dijo que si bien comparte con Pasquet que da garantías, "desde el plano netamente ambiental en el que uno de los principios que inspiran nuestro derecho es el de participación de todas las personas, creo que al amputarnos la posibilidad de que también sean perseguidos a instancias de una denuncia de cualquier ciudadano, podríamos estar quitándonos una posibilidad importante para el cumplimiento del fin por el cual se establece esta norma".
El contenido del proyecto
El proyecto que cuenta con la aprobación del Senado recoge otros proyectos que han sido presentados en otras legislaturas y que no habían podido ser aprobados que fueron tomados por el Poder Ejecutivo para lo que convocó a una comisión de expertos tanto del Ministerio de Ambiente como de Fiscalía y de otros ámbitos como las universidades.
El texto busca la la protección del ambiente y lo dividen en delitos específicos de contaminación, delitos contra la biodiversidad, delitos contra la gestión ambiental, y después tiene disposiciones comunes a los capítulos precedentes.
Los profesores de Derecho Ambiental señalaron que se deberán seguir aplicando normas sancionatorias en el ámbito administrativo para la mayoría de los casos y que solamente se reservará la sanción o la persecución en el ámbito penal a aquellas situaciones de hecho que sean más graves.
El profesor Carrau (UM) explicó que una particularidad de la ley es que castiga a las personas jurídicas. "En temas ambientales lo que sucede en general es que las mayores infracciones que pueden generar daños o poner en peligro al ambiente son causados por personas jurídicas. Lo que se busca con esta disposición, y también es una tendencia de la legislación a nivel internacional, es poder llegar a responsabilizar a las personas jurídicas". En ese sentido señaló que "no se busca criminalizar al empleado que terminó ejecutando la decisión que tomó otro, sino ir a buscar a quien efectivamente participa del órgano de dirección y toma la decisión por la cual esa persona jurídica es la que causa el daño" y comparó que se busca el efecto similar al que buscó la ley de responsabilidad penal de los empleadores.
En cuánto a las penas van por ejemplo en el caso de los delitos de contaminación, entre los seis meses de prisión a ocho años de penitenciaría y la introducción ilegal de desechos peligrosos prevé una pena de doce meses de prisión a doce años de penitenciaría.
Chaves señaló que "si el hecho causa la muerte de alguna persona, la pena deberá ser más severa y, si la conducta es dolosa (dolo directo o dolo eventual), se sugiere un castigo más severo que lo vincule a las penas del homicidio".