investigue acuerdo en el puertoRESOLUCIÓN

El MEF impide a la Comisión de Competencia que investigue acuerdo en el puerto

Argumentó que “se considera que el régimen de explotación portuario se encuentra sometido a una regulación especial, no siendo competencia de la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia”.El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) resolvió impedir que la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia -un órgano desconcentrado del MEF- investigue el acuerdo entre el gobierno y Katoen Natie que dispuso un nuevo reglamento de atraques y extendió la concesión de la terminal especializada de contenedores en el puerto a favor de la empresa hasta 2081.

La firma Montecon (que opera en la carga, descarga y almacenaje de contenedores en los muelles públicos del puerto de Montevideo) había denunciado a Katoen Natie y al Estado ante la comisión por entender que el acuerdo entre las partes viola la ley de Promoción y Defensa de la Competencia. La comisión había declarado pertinente la denuncia y se disponía a investigarla.

Pero, Katoen Natie (a través de Terminal Cuenca del Plata de la que tiene el 80% de las acciones y Nelsury) presentó recursos de revocación y jerárquico respecto a esa resolución.

La Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia argumentó que tiene “la facultad de investigar, analizar y eventualmente sancionar o emitir recomendaciones” y “para poder cumplir algunas de estas funciones o facultades otorgadas, no puede desechar la denuncia, máxime habiendo elementos suficientes para investigar”.

Sin embargo, el MEF en una resolución firmada por la ministra Azucena Arbeleche resolvió revocar la decisión de la comisión de considerar pertinente la denuncia, impidiendo que esta investigue.

El MEF argumentó que “se considera que el régimen de explotación portuario se encuentra sometido a una regulación especial, no siendo competencia de la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia su tratamiento”.

El ministerio insistió que la comisión “es incompetente para dictar el acto recurrido (es decir declarar la pertinencia de la denuncia de Montecon), el cual adicionalmente carece de motivación, en virtud del especial régimen de la actividad portuaria y de la excepción dispuesta por el inciso final del artículo 2° de la ley 18.159 (de Promoción y Defensa de la Competencia).

Ese artículo señala que “todos los mercados estarán regidos por los principios y reglas de la libre competencia, excepto las limitaciones establecidas por ley, por razones de interés general” y el inciso final afirma que “el ejercicio de un derecho, facultad o prerrogativa excepcional otorgada o reconocida por ley no se considerará práctica anticompetitiva ni abuso de posición dominante”.

El exministro de Economía y Finanzas y actual senador frenteamplista Mario Bergara dijo que la comisión “puede investigar y analizar todos los mercados, con excepción de las exclusividades otorgadas por ley. No es este el caso del puerto”.

Diario EL PAIS -Montevideo - URUGUAY - 10 Setiembre 2022