luster contitucionDENUNCIADO POR VIOLAR ART. 124 DE LA CONSTITUCIÓN
El diputado Eduardo Lust (CA) podría enfrentar un juicio político y su destitución

CANELONES (Uypress)- La Junta Departamental aprobó denunciar ante la Cámara de Representantes al diputado de Cabildo Abierto, Eduardo Lust, por entender que violó el artículo 124 de la Constitución y también en la figura descrita por los artículos 122 y 126, lo que significaría la pérdida inmediata de su banca.

 

Texto del Artículo 124 de la Constitución

"Los Senadores y los Representantes tampoco podrán durante su mandato: 1º) Intervenir como directores, administradores o empleados en empresas que contraten obras o suministros con el Estado, los Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados o cualquier otro órgano público. 2º) Tramitar o dirigir asuntos de terceros ante la Administración Central, Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados. La inobservancia de lo preceptuado en este artículo importará la pérdida inmediata del cargo legislativo".

Según informa Montevideo Portal, el edil frenteamplista canario, que es además abogado, Gerson Vila, explicó que esta misma denuncia se había realizado a la Cámara de Senadores, pero, desde la Cámara Alta, precisamente por parte de Beatriz Argimón, respondieron que el lugar para presentar esa denuncia era la Cámara de Diputados, por tanto, se remitió a esta cámara.

Piden que se investigue y se determine si violó la Constitución

Desde la Junta piden que se investigue la incursión de Lust como representante de terceros en su accionar ante las Juntas Departamentales de Durazno, Florida y Canelones, violando el inciso dos del artículo 124. Incluso, en el expediente se indica que el cabildante solicitó el pasado 29 de junio de 2020 la renuncia como uno de los representantes del grupo de vecinos de Canelones y Juanicó que presentó ante la junta la iniciativa que surge del artículo 305 de la Constitución.

La junta pide que se remita esta denuncia a la Cámara de Representantes y que se determine o no si Lust "incurrió en la figura descripta en el inciso 2 del artículo 124 de la Constitución de la República".

Sin embargo, la única forma de destituir al cabildante de su cargo sería realizándole un juicio político, lo que no culminaría con la pérdida de la banca instantáneamente. El proceso iniciaría en la Cámara de Representantes con una acusación de violar la Constitución. En caso de que se apruebe, se envía al Senado y allí se juzgará a legislador. En caso de que se consigan dos tercios de los votos, será destituido.

Lust: "Desconocen la Constitución"

El propio Lust había dicho a Montevideo Portal en el mes de marzo que esta iniciativa era un "disparate constitucionalista": "Quien dijo eso no conoce la Constitución. ¿Qué es lo que quiso decir el constituyente con esto? Lo que quiso decir, es que el legislador no puede hacer esto para no abusarse de la posición que tiene en la sociedad. Entonces, yo no puedo patrocinar una licitación, no puedo hablar para que a una empresa le den un predio en el puerto, patrocinar asuntos de terceros", sostuvo Lust.

UYPRESS -Montevideo - URUGUAY - 21 Octubre 2020