Son ocho los departamentos afectados por el picudo rojo.
El MGAP actualizó la información sobre el picudo rojo de las palmeras, a setiembre 2024.El picudo rojo (Rynchophorus ferrugineus) se encuentra establecido en ocho departamentos del país: Canelones, Colonia, Flores, Florida, Lavalleja, Maldonado, Montevideo y San José; y aunque su principal hospedante es la palmera canaria (Phoenix canariensis), también se ha encontrado atacando otras especies como el Butiá (Butia odorata) y Pindó (Syagrus romanzoffiana), informó el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
El insecto es de “reciente introducción” en el país, habiéndose detectado en 2022, lo que explica “la poca experiencia generada” que se ve reflejada en “la severidad del daño”, además de que “el impacto que pueda llegar a tener en las especies nativas es aún incierto”.
“La información pública con que se cuenta sobre la biología y comportamiento del insecto a nivel nacional es muy reducida. En principio, los adultos se han empezado a observar a inicios de primavera siendo su máxima expresión hacia finales de otoño. Se desconoce claramente cuando inician las posturas de huevos y hasta que momento del año se continúan, proceso que en los insectos está fuertemente ligado a la temperatura”.
“En la palmera canaria los estados inmaduros de la plaga penetran por la única yema de crecimiento, ubicada en la cima de la palmera. Su detección temprana es dificultosa por lo que cuando los síntomas son claramente visibles, muchas veces, es demasiado tarde para realizar el control químico con insecticidas, siendo que no resulta efectivo y la palmera finalmente muere”.
La incertidumbre se da también sobre “la eficacia de las medidas de control químico disponibles”.
Por otra parte, “los insecticidas que pueden ser utilizados son limitados. Esto se debe a que además de requerir eficacia en el control de la plaga se deben minimizar los impactos negativos de estos productos hacia el ambiente (especies benéficas como abejas, pájaros, etc.) y las personas”.
ENDOTERAPIA Y OTRAS ESTRATEGIAS.
El MGAP explicó que en las zonas urbanas “el sistema de aplicación de insecticidas muchas veces se reduce a tratamientos mediante endoterapia (inyección al tronco)” como forma de limitar “el riesgo de exposición de las personas a los insecticidas, categorizados como moderadamente peligrosos, los que deben ser manejados por personal capacitado”.
Los tratamientos de “ducha, también podría ser una opción en ciertas situaciones”; y “el control preventivo para proteger del ataque a la palmera es una alternativa que reduce el riesgo de infestación, aunque frente a ataques recurrentes con alta población de plaga la probabilidad de éxito se reduce”.
En todos los casos el MGAP recomienda consultar con un ingeniero agrónomo especializado en el tema.
En el caso que no se tomen medidas de prevención o control, o se tomen tarde, la plaga termina matando a la palmera infestada.
Eso implica que tarde o temprano la palmera tenga que ser extraída ante el riesgo de provocar accidentes. Una vez definido que el daño es irreversible se debería realizar la extracción, chipeado de hojas, trozado, y destrucción o enterrado de los restos para evitar que la plaga siga desarrollándose e infeste a otros ejemplares.
La responsabilidad de la ejecución de las medidas fitosanitarias será de las autoridades locales según la localización del ejemplar afectado según se detalla a continuación:
– Las intendencias en el ornato público.
– Los organismos del Estado afectados, en predios estatales (gobierno nacional, entes autónomos, organismos descentralizados, ANEP u otros).
– El Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) en las rutas nacionales y caminos vecinales.
– Los propietarios de las fincas urbanas o rurales.
Las medidas serán ejecutadas a su costo, sin que esto genere indemnización por parte del Estado.
INFORMACIÓN DE UTILIDAD.
Listado de empresas que realizan control de la plaga
Listado de empresas que realizan extracción de árboles y/o chipeado
Protocolo de corte de palmeras infestadas
Resumen Tratamientos autorizados Res. (958/022;513/024;525/024)
Resolución 2022 Productos autorizados DGSA (958/022)
Resolución 2024 productos autorizados DGSA (513/024)
Enmienda Resolución 2024 productos autorizados DGSA (525/024)