Cargill entre las firmas que triangulaban exportación de soja para la fuga de divisas en Argentina
La Aduana Argentina denunció a las siete mayores firmas cerealeras, entre ellas a la multinacional Cargill que tiene también sede en Uruguay, por sobrefacturar importaciones con el fin de fugar divisas ilegalmente,
A través de la triangulación de la facturación por intermedio de un intermediario, una trader suiza vinculada a las exportadoras argentinas, el insumo llegaba a la Argentina con un 30 por ciento de sobreprecio en relación al valor en puerto de origen. El objetivo, se presume, era obtener los dólares del Banco Central a precio oficial para pagar la importación, pero con un excedente del 30 por ciento sobre el precio real que se fugaba al exterior, indica el medio argentino.
Las firmas sobre las que se abrió la investigación sobre el desvío de divisas supuestamente destinadas a importación, son Cargill, Aceitera General Deheza, Bunge Argentina, Cofco International, LDC Argentina SA (Louis Dreyfus Company), Molinos Agro SA (Molinos Río de la Plata) y Viterra Argentina SA (vinculada a Vicentin).
“Estamos ante la oportunidad de desarticular esta planificación fiscal pluriofensiva a través de la cual se utiliza un intermediario instrumental que no tiene otro fin que el de sobrefacturar la importación temporal, para efectuar un excesivo e infundado giro de divisas al exterior”, señala el informe de Aduana al que tuvo acceso Página 12.
Lógicamente, el aprovechamiento de dicha “oportunidad” dependerá de la voluntad y decisión política que tengan las futuras autoridades en continuar la tarea de esclarecimiento de distintos delitos vinculados al comercio exterior y manejo de divisas, que se encaró en la actual etapa de gestión de la Aduana encabezada por Guillemo Michel, desde la llegada de Sergio Massa al Palacio de Hacienda.
Cómo es la triangulación
La triangulación de la facturación se hacía a través de una trader de Suiza. La operación seguía el siguiente circuito, de acuerdo al caso testigo de importación temporal que aqui se presenta:
Agropecuaria XX S.A., de Paraguay, le vendió porotos de soja a la firma ZZ en Suiza, el 19 de enero de 2022, a un valor de 473,88 dólares la tonelada. Veintitrés días después, el 11 de febrero de 2022, ZZ le vende a la cerealera YY, de Argentina, el mismo producto a 625,60 dólares la tonelada. Sin embargo, el traslado físico del producto es de Paraguay a Argentina, sin pasar por ningun destino intermedio. La triangulación de la facturación (Paraguay-Suiza-Argentina) tendría, entonces, el único fin de concretar la sobrefacturación.
A través de la refacturación de la importación se justifica la salida de dólares (adquiridos al Banco Central en pesos a precio oficial) que supera en un 32% el valor real facturado por el exportador en Paraguay. En el caso descripto, se detectó una diferencia en el monto FOB total importado de 757.007,85 dólares. Es decir,que ese fue el monto de la fuga de divisas vía triangulación.
El producto ingresa al país, desde Paraguay, como Importación Temporaria. Es decir, un insumo que será incorporado a una futura exportación, de la cual se descontará el costo de la importación temporaria para determinar el valor sobre el cual se aplica el derecho de exportación (las retenciones).
Este tipo de operaciones es habitual, porque Argentina tiene una amplia capacidad de procesamiento de soja para producir harinas, aceite, cáscara y otros derivados que, casi en su totalidad, se destinan a la exportación. Lo que no es tan habitual es que, entre Argentina y Paraguay, la compra del poroto se haga a través de una trader suiza y que ésta cobre el 30 por ciento del valor de origen del producto para unir al productor y al procesador.
Cómo fue la fiscalización
El Departamento de Fiscalizacion Externa de la Aduana recibió la instrucción de fiscalizar las importaciones temporarias de porotos de soja desde 2019 a la fecha. Se pusieron bajo análisis más de 3000 destinaciones de importacion temporal con las correspondientes exportaciones de los subproductos obtenidos. Se realizó una muestra de casos y, ante los desvíos detectados, se cursaron requerimientos de justificación a las siete cerealeras citadas más arriba, “a fin de examinar la hipotesis de diferencias en materia de valor a partir de la triangulación de las operaciones”, señalan fuentes oficiales.
Las exportaciones del total del complejo sojero está muy fuertemente concentrado en Argentina. Siete empresas controlan el 85 por ciento de las ventas al exterior. Y son justamente las 7 empresas que quedaron, primero, bajo sospecha de la Aduana por sus operaciones de triangulación en la compra de poroto de soja a Paraguay, y luego denunciadas “por declaración inexacta tipificada en el art. 954 inc a) y c) del Código Aduanero”, cuando se identificaron los desvíos.
Según la Bolsa de Comercio de Rosario, sus participaciones en las exportaciones del complejo sojero del año 2022 fueron las siguientes: Viterra, 21 por ciento; Cargill, 13; AGD (Deheza), 13; Molinos Agro, 11; LDC (Louis Dreyfus), 10; Bunge Argentina, 8; y Cofco (ex Nidera), 8.
Resultados de la fiscalización
De la selección de operaciones en concepto de importaciones temporarias que hizo el Departamento de Fiscalización Externa de Aduana, resultó que el importe declarado en las destinaciones bajo análisis asciende a 16,2 millones de dólares, mientras que el determinado por los fiscalizadores es de 12,3 millones.
Se observa “una diferencia por sobrefacturación en los insumos de importación temporaria de 3.898.646,35 dólares” (31 por ciento del valor del producto importado en país de origen).
Se advierte, además, que el valor declarado del insumo importado temporalmente representa el 93,13 por cientro del valor de venta declarado en la exportación del producto procesado. Si se sumaran al costo del insumo los correspondientes a costos de producción (mano de obra, otros insumos del proceso, como energía), seguros, gastos administrativos y de estructura, “se advierte con claridad la irrazonabilidad del negocio comecial y la inexplicable intervención del intermediario en la operación”.
Consecuencia de la alta incidencia del costo de importación temporaria (deducible) en el precio final de exportación, los derechos de exportación liquidados por dichas operaciones apenas alcanzaron a 264.689 dólares. Lo determinado por el Departamento de Fiscalización asciende a 1.160.991 dólares. Es decir, se dejaron de pagar por retenciones 896.302 dólares (el 77,2% del valor determinado por el fisco).
El informe de Fiscalización concluye señalando que, “en atención a lo expuesto, y a que las empresas si bien declaran que existe vinculación con el intermediario, declaran que ello no ha influido en el precio de la mercadería importada, se entendió que correspondía formular denuncia por declaración inexacta tipificada en el art. 954 inc a) y c) del Código Aduanero, y que se efectúe la correspondiente liquidación tributaria, por ante la Aduana de registro de las operaciones”.
“Asimismo se entiende que corresponde poner en conocimiento a la DGI y al BCRA de las situaciones advertidas para la intervencion en el marco de sus respectivas competencias”.
Habrá que esperar cuál es la opinión de las futuras autoridades sobre este tipo de delitos: si considera necesario seguir fiscalizando la actividad comercial privada y sus prácticas evasivas, o si considera estas acciones como parte del “cepo” y va a proclamar su extinción, en favor de unos pocos pero con alto costo para muchos.