Tras más de cuatro años, Brasil ratificó un acuerdo con Uruguay que favorecerá el clima de negocios
Entre las disposiciones más relevantes de este acuerdo se observa que el convenio se aplica sobre los impuestos a la renta y al patrimonio de ambos países.Tras más de cuatro años desde que se firmó el acuerdo para evitar la doble imposición tributaria entre Brasil y Uruguay, finalmente el país vecino ratificó el convenio .
Desde 2012, Uruguay y Brasil tienen un acuerdo de intercambio de información tributaria pero en 2019 dieron un paso más y firmaron el acuerdo para evitar la doble imposición. En Uruguay, el mismo fue ratificado mediante la Ley 20.009 en el año 2021, mientras que en Brasil estaba pendiente de ratificar.
Según explicó la consultora CPA Ferrere en un informe, entre las disposiciones más relevantes de este acuerdo, se observa que el convenio se aplica sobre los impuestos a la renta y al patrimonio de ambos países. En el caso de Uruguay, quedan contemplados los impuestos a la Renta de las Actividades Económicas, a las Rentas de las Personas Físicas, a las Rentas de los No Residentes, al de la Asistencia a la Seguridad Social y al del Patrimonio.
A su vez, el convenio contiene el establecimiento permanente para actividades de construcción y servicios, mientras que para las utilidades empresariales, la potestad de gravar por el impuesto a la renta es del país en el que reside el sujeto que las obtiene, siempre y cuando no opere en el otro país mediante un establecimiento permanente. Entre otras cosas, el convenio le da potestad compartida a ambos países para gravar los intereses, y la potestad tributaria también es compartida para las regalías.