Aduanas retuvo mercadería de forma irregular, generó pérdidas y ahora MEF deberá pagar más de US$ 1,3 millones
Se comprobó que funcionarios de la Dirección Nacional de Aduanas la retuvieron con el objetivo de conseguir una coima por parte de la empresa. Fueron condenados penalmente.
En una de estas exportaciones al país norteño, un funcionario de la DNA decidió tomar muestras del producto dejando de lado los protocolos, a pesar de que los papeles del camión que lo transportaba se encontraban en regla. Si bien el análisis confirmó lo declarado por la empresa, meses después solicitaron que se agregue un certificado de origen.
Según denunció luego la empresa en su demanda, el funcionario intentó "demostrar de algún modo que la empresa incurría en irregularidades", asegurando que existían diferencias de nomenclatura. El hombre sostenía que se trataba de coco rallado puro, mientras que el producto Maltomax se realizaba a base de coco rallado, azúcar y maltodextrina.
Uno de los puntos mencionados en la demanda fue que el funcionario de Aduanas se basaba en búsquedas por internet para obtener información sobre la empresa.
Por considerar la situación como sospechosa a raíz de informes aportados por los funcionarios aduaneros se comenzó una investigación judicial contra Multitarget S.A. En marzo de 2012, al tomar conocimiento de que la empresa realizaba una nueva exportación del producto Maltomax, la Justicia determinó que se tomen muestras. En este operativo se detuvo al chofer, se incautó la mercadería y se hizo volver al camión. "No solo nos generó un gravísimo incidente comercial sino que provocó desconfianza", aseguraron desde la empresa.
Las muestras nuevamente reflejaron que no se trataba de coco rallado puro, como aseguraban los funcionarios aduaneros, sino que coincidía con el producto declarado.
A raíz del proceso penal, se ordenó allanar el local de la empresa, montando un cerco policial a su alrededor, prohibiendo el ingreso o salida de cualquier tipo de mercadería y personas. También se informó que en Río Branco se había incautado un contrabando de 27 toneladas de coco rallado, según la sentencia a la que accedió El País.
Meses más tarde, luego de que el empresario brasileño que compró la mercadería se trasladara a Uruguay para presentar documentación, el camión fue liberado, pero a partir de ese momento todas las operaciones de la empresa pasaron a ser catalogadas por Aduanas como "canal rojo".
"A partir de ese momento todas las cargas no sólo comenzaron a ser derivadas a canal rojo, sino que en el caso de las exportaciones marítimas con destino al norte de Brasil, los contenedores comenzaron a permanecer detenidos en el puerto (...) acumulándose durante varios meses, expuestos a altísimas temperaturas hasta que, finalmente, se echara a perder toda la mercadería", aseguró la empresa.
Recién en marzo de 2015, tres años después y luego de varias solicitudes, la fiscal Nidia Morosini pidió el archivo de la investigación.
Luego de esto ocurrió un nuevo hecho, esta vez contra el dueño de la empresa Multitarget S.A, a quien acusaron de haber agraviado a funcionarios policiales durante una celebración de cumpleaños, condenándolo a cumplir con ocho días de trabajo comunitario. La defensa del hombre consideró esta condena como "insólita y arbitraria".
Demanda de la empresa
A raíz de estos hechos, la empresa demandó al Ministerio de Economía y Finanzas, la Dirección Nacional de Aduanas, el Ministerio de Educación y Cultura, Poder Judicial y la Fiscalía General de la Nación. Solicitó US$ 1.345.429, argumentando que esto es lo que hubiese obtenido en caso de seguir exportando normalmente.
Además, el dueño de Multitarget S.A pidió US$ 35.000 por daño moral, asegurando que la acción de los funcionarios de la DNA le generó perjuicios familiares, personales y patrimoniales.
Según la sentencia de primera instancia, quedó comprobado que "los funcionarios de la aduana se apartaron del proceder establecido en la norma", cometiendo un "error inexcusable".
En el transcurso del proceso, que también tuvo su rama penal, se comprobó que los dos funcionarios aduaneros involucrados en este caso hacían esta maniobra de forma recurrente para obtener el pago de coimas. Fueron condenados con prisión por asociación para delinquir, cohecho simple y contrabando.
Para la resolución en el juzgado en lo Contencioso Administrativo se tuvo en cuenta que el proceso judicial contra la empresa, que tardó varios años, generó perjuicios no solo económicos, sino que llevó a que clientes brasileños cortaran relación, dificultando luego la obtención de nuevos vínculos comerciales por el antecedente.
Finalmente, el juez Javier Gandini falló a favor de la empresa, aunque desestimó la existencia de responsabilidad de varios de los organismos demandados. Condenó al MEF y la DNA a pagar los US$ 1.345.429 reclamados por las pérdidas, mientras que fijó el daño moral al dueño en US$ 6.500.
La sentencia fue apelada, pero ratificada en segunda instancia por un Tribunal de Apelaciones. Ante esto, se presentó un recurso de casación que también fue desestimado por la Suprema Corte de Justicia.
Desde la DNA se defendieron asegurando que los funcionarios tenían competencias para llevar adelante los procedimientos, señalando no estar involucrados en las resoluciones posteriores tomadas por otros organismos.
Por su parte, los ministros de la SCJ expresaron que durante el proceso la DNA modificó varias veces su postura con respecto al accionar de los trabajadores. Además, señalaron que aún si los funcionarios tenían competencias para tomar las muestras, esto "no excluye el hecho de que lo hicieron en forma totalmente irregular, y sin seguir los procedimientos legales".
"Surge plenamente acreditado que la violación de procedimiento y demás actuaciones irregulares, antes y luego de la denuncia (...) generaron daños; demora de mercadería; provocaron sospechas de ilicitud de accionar ante su cliente; provocaron la calificación canal rojo y demoras en Brasil a los productos exportados que culminaron con la pérdida del cliente más importante", remarcó la SCJ.