
El diario difundió extractos de conversaciones y describió cómo, según su investigación, parte de la soja recibida por barcaza desde Paraguay habría quedado registrada como uruguaya. Sigue pendiente identificar los embarques señalados y cotejar sus documentos.
Diario La R amplió el 6 de noviembre su investigación periodística sobre operaciones de → Terminales Graneleras Uruguayas (TGU) en Nueva Palmira. La publicación desarrolla los señalamientos sobre pesajes y origen del grano que → ICI Forestal reseñó el 4 de noviembre. Los hechos descritos por el diario se sitúan entre 2008 y mediados de 2021.
De la descarga al registro de ingreso
Según la nueva publicación, al descargar ciertas barcazas se habrían omitido registros de pesaje o ajustado la balanza para que indicara un peso menor al recibido. El diario sostiene que, para registrar esa diferencia como soja uruguaya, se habrían añadido viajes que no ocurrieron a matrículas de camiones que sí operaban en la terminal. También publicó extractos de conversaciones que atribuye a integrantes de la estructura empresarial y que vincula con esas prácticas.
Para comprobar si una partida llegó a China con un origen distinto al declarado, se necesitan los registros de descarga y de ingreso de camiones, los movimientos de existencias y los documentos comerciales y aduaneros del mismo embarque. Una diferencia de peso puede orientar ese cotejo, pero por sí sola no identifica el origen del grano. ICI Forestal no pudo verificar los archivos de respaldo enlazados por el diario ni encontró una respuesta pública de TGU o una confirmación oficial de actuaciones administrativas o judiciales por estos hechos al 6 de noviembre.
Quiénes intervienen en la concesión y los controles
En enero de 2024, el Poder Ejecutivo autorizó al → Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) a prorrogar por 13 años el contrato de concesión de la terminal, con horizonte en 2042. Una resolución de la → Administración Nacional de Puertos (ANP) de 2022 precisa que el contrato vincula al MGAP con TGU y que el control de sus aspectos económicos excede la competencia de la ANP, que administra el recinto portuario.
En materia de sanidad vegetal, la Dirección General de Servicios Agrícolas estableció en 2017 la obligatoriedad del control previo a la carga para exportar granos y subproductos. Esa resolución sirve de referencia para las operaciones alcanzadas desde su entrada en vigor. Para evaluar los señalamientos sobre operaciones anteriores hay que identificar la normativa que regía en cada fecha.
Fuentes principales
Blanco Sommaruga, J. C. (6 de noviembre de 2026). → Publicación sobre los señalamientos relativos a la soja operada por TGU. Diario La R.
Poder Ejecutivo. (23 de enero de 2024). → Autorización de prórroga del contrato de concesión.
Administración Nacional de Puertos. (8 de diciembre de 2022). → Resolución de Directorio 787/4.154.
Dirección General de Servicios Agrícolas. (6 de abril de 2017). → Resolución 38/017 sobre control previo a la carga.
ICI Forestal · Elaboración propia a partir de fuentes verificadas. Publicación original del 4 de noviembre de 2026. Actualización del 6 de noviembre de 2026.
