centenario9APUNTA A MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DE LA NORTEÑA POBLACIÓN DURAZNENSE
Tras extensa sesión, la Junta Departamental aprobó el plan local que ordena territorialmente a Centenario

Tras una larga discusión el viernes pasado, el legislativo duraznense aprobó el nuevo plan local que ordena territorialmente la localidad de Centenario, en el norte del departamento de Durazno.

El Plan Local es el instrumento para el ordenamiento de ámbitos geográficos locales dentro del departamento, formulado y aprobado por el gobierno de Durazno, con la participación de las autoridades y los vecinos de la localidad de Centenario.

El Plan Local, como instrumento de ordenamiento territorial, en su formulación, ejecución, supervisión y evaluación, constituye un sistema unificado para la gestión del territorio y está integrado por normas jurídicas orientadas al desarrollo sustentable del ámbito de aplicación. A estas deberán ajustarse los actos jurídicos y las operaciones técnicas o materiales, generados en las acciones sobre el territorio o con directa incidencia territorial, de personas públicas o privadas, sin perjuicio del principio de libertad consagrado en el artículo 10 de la Constitución de la República.

OBJETIVOS

El objetivo general pasa por establecer un marco regulador que oriente el proceso de ordenamiento territorial en el ámbito de aplicación definido, con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población, la integración social en el territorio, el uso sostenible y el aprovechamiento de los recursos naturales y culturales, se expresa.
Los objetivos específicos son “a) Consolidar, completar y densificar las áreas urbanizadas en función de la infraestructura existente, dando prioridad a la zona Oeste del centro poblado. b) Limitar la expansión del centro poblado a las áreas de borde en contigüidad con la trama urbana existente, considerando la futura demanda de suelo urbano para evitar procesos de exclusión y segregación residencial. c) Establecer normativas sobre el uso y ocupación del suelo urbano y suburbano, definiéndolas en base al Mapa de Riesgo de Inundación que integra este Plan Local. d) Mejorar la cobertura y calidad de las infraestructuras y servicios urbanos, en particular del saneamiento, agua potable, las conexiones viales, espacios públicos y el manejo y destino final de los residuos sólidos. e) Localizar las actividades logísticas en predios en suelo categoría suburbano, teniendo en cuenta la instalación de una planta de fabricación de celulosa en las cercanías del centro poblado y la preservación de las condiciones ambientales del núcleo urbano”.

LÍMITES

El límite del ámbito de aplicación queda definido según un perímetro que conforma su límite exterior de la siguiente manera: al Norte, el río Negro; al Este, por el límite Este de los padrones rurales n.° 9.608, 10.569 y 10.111; hacia el Oeste, por el límite Sur del padrón rural n.° 10.111; hacia el Sur, por el límite Este de los padrones rurales n.° 8.923, 12.698, 12.699 y 339 hasta Ruta Nacional n.° 5; por esta hasta su intersección con el límite Este del padrón rural n.° 10.117; hacia el Oeste, por el límite Sur del padrón rural n.° 10.117 hasta su intersección con la vía férrea; hacia el Sur, por esta hasta el límite Sur del padrón rural n.° 303 hasta su intersección con el arroyo Sarandí de la China, y hacia el Norte, por el arroyo Sarandí de la China hasta su desembocadura en el río Negro.
El gobierno de Durazno, en tanto titular de la dirección y el control de la actividad de planificación urbanística, territorial y ambiental departamental, considerará y salvaguardará el Plan Local en toda actividad nacional, regional o local que pudiera afectarlo en forma directa, dentro de su competencia o formulando las observaciones, advertencias, impugnaciones o acciones que correspondan ante las autoridades competentes, se añade en el documento.

EL PLAZO DE REVISIÓN ENTRARÁ EN VIGENCIA EN CINCO AÑOS

El proceso de revisión del Plan Local comenzará a partir de los cinco años contados desde la fecha de la vigencia del decreto. Se consideran circunstancias especiales aquellos cambios económicos, sociales, demográficos y ambientales no previstos en el momento de aprobación del instrumento. “Acaecida alguna circunstancia especial, los proyectos de decretos modificativos se pondrán a consideración de la Junta Departamental. Ante situaciones de emergencia enmarcadas en las actuaciones de los Comités Nacional y Departamental de Emergencia adecuadamente fundadas, el Ejecutivo Departamental podrá tomar resoluciones motivadas en la necesidad de salvaguardar el interés público, que afecten transitoria y parcialmente al Plan Local, debiendo dar inmediata comunicación a la Junta Departamental, estándose a lo que ésta resuelva. Hasta tanto la Junta Departamental no se pronuncie, o el Ejecutivo Departamental las modifique o derogue, las resoluciones se mantendrán vigentes”, se indica. Se podrán modificar aspectos no sustanciales, “aquellas que afecten reglamentaciones tales como: alturas máximas, FOS, retiros, servidumbres non edificandi, errores o diferencias de un documento a otro en los números de padrones y/o de manzanas, errores de nomenclátor y/o errores en las fuentes cartográficas”. El procedimiento de modificación de aspectos no sustanciales se podrá iniciar en la Intendencia de Durazno por parte de cualquier interesado, se agrega en el proyecto aprobado el viernes.

Diario EL ACONTECER -Durazno - URUGUAY -26 Octubre 2020