fernandezDisculpe Presidente, pero llegó una carta de Gualeguaychú

La dejaron a último momento, en el recibidor. No la envía el Intendente, el Señor Obispo ni el Juez de Paz. Tampoco firma un legislador, un empresario o un político opositor, pero parece tratar de un asunto que va de mal en peor. Aquí le dejo la misiva para que la lea y luego mande lo que haga falta. Y ahora Señor, si no dispone otra cosa y con su permiso, me retiraré.

“Un servidor, quien suscribe con nombre y apellido, ciudadano argentino y vecino de Gualeguaychú, Entre Ríos, de profesión periodista, mayor de edad, según obra en el Registro Civil, hoy jueves 30 de diciembre de 2021, con las fuerzas de que dispone, muy atentamente.

Expone. Dos puntos.

Usted bien conoce que la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) es la encargada de ejecutar el monitoreo continuo de la Planta 'Orión' (UPM ex-Botnia) ubicada en la ciudad uruguaya de Fray Bentos. Y que lo hace en cumplimiento del párrafo 281 de la Sentencia de la Corte Internacional de Justicia del 20 de abril de 2010, en el Caso relativo a las Plantas de Celulosa sobre el Río Uruguay, Argentina c. Uruguay, y lo dispuesto en la Declaración Presidencial Conjunta de Anchorena, del 2 de junio de 2010.

No escapa a su memoria -porque fue testigo presencial de tales acontecimientos- que aquella Declaración Presidencial acordó, entre otros asuntos: "en cumplimiento de la Sentencia de la Corte Internacional de Justicia (…) llevar adelante a través de la CARU: a) Un plan de vigilancia para la Planta de Botnia-UPM, conforme a lo establecido en la Sentencia…”. Con posterioridad en el Acuerdo Presidencial de Olivos del 28 de julio de 2010, se decidió conformar el Comité Científico de la CARU y la modalidad de su ingreso a la planta de celulosa para comenzar con el monitoreo de la misma, ordenado por la citado fallo de La Haya.

Completando el marco de los Acuerdos entre ambos países, por Canje de Notas del 30 de agosto de 2010, y su complementario del 2 de noviembre de 2010, firmado por los Cancilleres de la República Argentina y de la República Oriental del Uruguay, se establecieron las Directivas de cada Plan de Monitoreo. Y fue así entonces que en el Acuerdo del 14 de noviembre de 2010, el Comité Científico adoptó el Plan Específico de monitoreo de la Planta de UPM (ex Botnia), rubricado por los Cancilleres de ambos países en la reunión que mantuvieron en dicha fecha en Montevideo.

Señor Presidente:

En noviembre de 2015, en el transcurso de una reunión plenaria de la CARU, celebrada en su sede de Paysandú, la Delegación Argentina ante dicho organismo dejó expresa constancia de varios incumplimientos por parte del Estado uruguayo en relación al Acuerdo del 14 de noviembre de 2010. Once años después de la firma de aquel documento, y pese a los reclamos argentinos, la situación no cambió. A saber:

a) Solo se implementó una parte de los seis puntos acordados, en la denominada Acción de Seguimiento del nivel de la calidad de las aguas en el Río Uruguay;

b) Nunca se ejecutó la medición de corrientes en el río, según la Propuesta de nuevos parámetros y Seguimiento de las condiciones hidrodinámicas existentes en el Río Uruguay;

En el mismo sentido, los integrantes uruguayos del Comité Científico y la Delegación Uruguaya ante la CARU demoran, hasta prácticamente detenerlo, el desarrollo del Plan del Monitoreo de la Planta de UPM (ex Botnia). Desde el 24 de abril de 2012, obstruyen la instalación de una sonda de medición, que debe estar ubicada en un punto exacto y preciso, aguas abajo de la pastera. Y dentro de la misma planta, atrasan o impiden la instalación de determinados equipos de precisión para el control de varios parámetros químicos. Menos aún prestan acuerdo para que las mediciones de esos equipos sean transmitidos a la CARU, en forma continua y automática. (1)

A todo esto, hay dos episodios que no son de menor cuantía, que también constan en el Sumario de Instrucción que da orígen a estos Autos.

Primero, la República Oriental del Uruguay autorizó unilateralmente el aumento de producción de pasta de celulosa de la planta de Fray Bentos en un 36,5 por ciento, pasando de 1.000.000 a 1.365.000 toneladas por año, con el consiguiente aumento de la contaminación del Río Uruguay. Usted recordará, las graves y públicas denuncias efectuadas en aquel momento por el recordado Canciller Héctor Marcos Timerman, sobre éste asunto y sobre la responsabilidad de UPM en la contaminación de Río Uruguay.

Y tiempo después, el actual Gobernador de nuestra provincia, le dio una puñalada por la espalda al pueblo entrerriano, derogando la Ley que impedía la exportación de madera sin valor agregado como insumo destinado a la industria de la celulosa. Actualmente desde Gualeguaychú, se transportan diariamente miles de toneladas de rollizos de eucaliptus hacia Fray Bentos. Tras tanta lucha y tanta marcha, pareciera que lo promulgado fuera una broma al pueblo de Gualeguaychú. Pero no lo es.

Señor Presidente:

Para colmo de tantos males y desmanes, está debidamente documentado que se produjeron numerosos episodios de emisiones gaseosas tóxicas debido a paradas de la Planta de celulosa fraybentina, ya sea por mantenimiento o por inconvenientes técnicos. Como consecuencia de tales incidentes, la Delegación Argentina ante la CARU, solicitó las explicaciones a la contraparte uruguaya, según consta en varios documentos oficiales. (2)

No pretendo abusar de su paciencia, porque sé que la tiranía del FMI y la plaga planetaria que se abaten sobre nuestro pueblo, lo tienen a maltraer.  Pero si me autoriza, quisiera bajar unos peldaños en la escalera del tiempo.

Entre el 27 y el 28 de febrero de 2014, se verificaron emisiones gaseosas transfronterizas procedentes de la planta de celulosa ubicada en Fray Bentos, que afectaron al territorio argentino.  A partir de las constataciones realizadas por el Servicio Meteorológico Nacional mediante complejas modelaciones, está determinado que durante las primeras nueve horas del 27 de febrero de 2014, una nube contaminante se posó sobre Gualeguaychú y la cercana localidad de Pueblo General Belgrano. Y que en las subsiguientes horas, más precisamente hasta las 20 de dicho día, la región más afectada se movió hacia el norte y el noreste del Puente Internacional General San Martín.

A partir de ese momento, la nube tóxica comenzó a desplazarse nuevamente hacia la zona de Gualeguaychú y Pueblo General Belgrano, en donde se ubicó entre las 4 y las 9 de la mañana del 28 de febrero de 2014. Luego, la zona más afectada permaneció ligeramente al sur de Gualeguaychú hasta las 13 del mencionado día, momento en el cual, comenzó a trasladarse hacia el norte del Puente Internacional General San Martín, en donde continuó hasta por lo menos la medianoche del 28 de febrero de 2014.  

Señor Presidente:

Aquellas emisiones atmosféricas procedentes de la pastera de Fray Bentos, contenían dióxido de azufre (SO2). Se trata de una sustancia tóxica considerada como una de las amenazas más importantes para el Ambiente y para la salud de los seres vivos.

No es mi intención disertar sobre la química, porque no soy conocedor en la cuestión. Pero es suficiente con conocer que los óxidos de azufre, en combinación con las partículas y la humedad del aire, originan efectos sobre la visibilidad, sobre los materiales, sobre la salud de los seres humanos (como irritación del sistema respiratorio y problemas respiratorios crónicos tras exposición continuada), sobre la vegetación (necrosis en plantas) y que tal lluvia cáustica, produce fenómenos de acidificación de las fuentes naturales de agua y la disolución de los nutrientes del suelo.

Está fehacientemente comprobado que, aquel 28 de febrero de 2014, en el territorio argentino afectado, se alcanzaron valores de SO2 superiores al máximo establecido por la Organización Mundial de la Salud (OMS).  Como consecuencia de tales sucesos aquí relatados y perfectamente verificables en varios expedientes oficiales que obran en la Cancillería de nuestro país, ocho vecinos y vecinas de Gualeguaychú debieron ser atendidos en el Hospital Centenario de la ciudad, por diversas afecciones e insuficiencias respiratorias. (3)

Y aquí no termina la historia Señor, porque lo que ocurriría seguidamente, conformó un prontuario de desidias e irresponsabilidades. Casi un año después de ocurrido el incidente -exactamente el 23 de febrero de 2015-, la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos (SAER) respondió que no le correspondía  intervenir en el tema y que en tal caso, se recabara información a los organismos encargados de monitorear la contaminación transfronteriza en la entonces Secretaría de Ambiente de la Nación o en la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) o bien, en el Servicio Meteorológico Nacional.

Hasta la fecha, no hay noticia de que nuestra Cancillería se hubiera expedido sobre la procedencia, oportunidad y nivel de interlocución adecuado de un eventual planteo bilateral de la situación provocada por el incidente de contaminación gaseosa transfronteriza por emisiones tóxicas provenientes de la Planta de UPM (ex Botnia) localizada en Fray Bentos (ROU) sobre territorio y población argentina. (4)

Señor Presidente:

Como si todo esto fuera poca cosa, tampoco nos salen las cuentas. Y es que quienes lo precedieron, firmaron compromisos para el dragado del curso de agua y, sin aparente causa justificante, sufragaron ciertas sumas por sobre lo convenido. Aún más: establecieron que la empresa seleccionada, percibiera piadosamente sus honorarios mensuales, ya sea que adecente o no, el lecho del Río Uruguay. Hasta marzo de 2022, fecha en que caducan tales capitulaciones, aunque no realice trabajos en el río, la adjudicataria tiene el derecho a cobrar ingentes sumas.

También parece que las reformas nunca se acaban. Desde el 5 diciembre de 2019, está en vigencia la modificación del Digesto para el Uso y Aprovechamiento del Río Uruguay que, desde entonces, ha dejado sin referencia alguna el “Proteger y preservar el medio acuático y su equilibrio ecológico”; el “Prevenir toda nueva forma de contaminación y procurar su reducción cuando sean superados los valores de los estándares adoptados para los diferentes usos legítimos de las aguas del Río” y también el “Establecer normas y controlar el cumplimiento de los estándares de efluentes” y “Controlar el cumplimento de las condiciones de las descargas y de los vertimientos”. La inagotable suma de ilegalidades que se cometieron para llevar a cabo tal metamorfosis, incluye, entre otras, violaciones al Tratado de Límites entre Uruguay y la Argentina en el Río Uruguay, suscripto en Montevideo el 7 de abril de 1961 y al Estatuto del Río Uruguay firmado en Salto (ROU) el 23 de febrero de 1975. Y Usted corríjame, si es que que tales acuerdos no están vigentes.

Ante semejante compendio de inequidades, tramitado a partir de abril de 2018 y consumado cinco días antes del cambio de Autoridades Nacionales de diciembre de 2019, solo se dio a conocer la Resolución que anunciaba la modificación, pero el texto completo y detallado de las modificaciones introducidas al Digesto, jamás fue publicado ni en el Boletín Oficial de nuestro país ni en el Diario Oficial uruguayo. Es como si se hubiera publicado un Decreto suyo, promulgando una nueva ley sancionada por el Congreso, pero se omitiera dar a conocer el contenido de dicha ley. (5)

Recientemente, la Argentina propuso a su contraparte consensuar la suspensión, con fines de revisión, del susodicho engendro. Pero nuestros vecinos oponen férrea resistencia. Y así estamos.

Podría continuar enumerando otras anomalías varias. Entre ellas el incumplimiento por parte del país lindante de lo estipulado en el Estatuto del Río Uruguay, al negarse a la entrega de la información completa relativa a los proyectos de ampliación del polo químico Kemira-Linde encargado de suministrar insumos a la Planta UPM (Ex Botnia) en Fray Bentos como así también sobre el proyecto de instalación de la nueva planta de celulosa que se está construye en en el Departamento de Durazno. Dicha fábrica, cuando sea operativa –a finales de 2022- tiene previsto arrojar 1.600.000 litros por día de efluentes contaminados al río Negro, el cual desemboca en el río Uruguay.

No quisiera ser tremendista. Pero cuesta pensar que algo bueno sucederá, cuando dentro de un año sea operativa, en la zona aledaña a la pastera de Fray Bentos, la ya licitada base militar uruguaya con apostadero incluído para naves armadas, que fueron donadas por la mayor potencia occidental de nuestro continente.

Señor Presidente:

Duele a mi persona tener que expresar que, como puede apreciar, el Uruguay ya no es el río y que, poco a poco allí, no va quedando casi nada en pie. Con mi fe veterana, permítame trasladarle las inquietudes que nos atormentan a muchas y muchos de los que aquí habitamos.

Después de 11 años y unos 120 ingresos a la planta de celulosa de Fray Bentos por parte Comité Científico de la CARU, las condiciones ambientales en el Río Uruguay, ¿están igual, mejor o peor que en 2010? ¿Alguien lo sabe con certeza?

¿Será que tendremos que aguardar a que la próxima nube tóxica que provenga de UPM y se abata sobre nuestras ciudades sea mortífera para que alguien reaccione? Y ante una eventual tragedia, ¿nos limitaremos a lamentarnos por no haber actuado anticipadamente para prevenir algo que podía ocurrir?

Más allá que descuento que sabrá disimular tales ateísmos y mi uso y abuso de las negritas, seguramente coincidirá conmigo y con muchas y muchos entrerrianos, que ya es tiempo de que dejemos de llegar siempre tarde en donde nunca pasa nada. Y es que ya se sabe. Entre tantas ilegalidades y arbitrariedades, hubo ciertas gentes que sacaron provecho de la ocasión y haciendo abuso de autoridad, se llevaron hasta la integridad.

Antes de concluir, le pido una última exoneración a mis rezongos.  Pero lo que parece es que casi ya no hay quién confíe en su hermano porque que la Tierra cayó en manos de unos locos con carnet.

Estimado Señor Presidente:

Por todo esto y otras muchas deficiencias más que en un anexo se afinan para su preciso cotejo, sin que sirva de precedente, respetuosamente.

Suplica. Dos puntos.

Se sirva tomar medidas y llamar al orden a esos chapuceros, que lo dejan todo perdido en nombre de oscuros intereses y que no conocen ni a su madre, cuando alzan sus banderas. Pero hágalo urgentemente, para que no sean necesarios más héroes ni más milagros. (6)

Ruego a Usted tome partido para lograr una solución. Y si no estuviera en su mano poner coto a tales calamidades, aunque más no sea, mándeles copiar cien mil veces, que esas cosas no se hacen. Y si fuera preciso, junto al pueblo todo, vaya y dígales en la cara a los poderes políticos, económicos y mediáticos, que por encima de la grosería de los hechos consumados que nos quieren imponer, prevalece el Derecho Humano –escrito así, con mayúsculas- que tenemos la actual y las venideras generaciones, a vivir en un Ambiente Sano, términos que también debieran enunciarse siempre con letras superlativas.

Es éste y no otro, el tiempo que nos ha tocado.

Gracia que espera merecer del recto proceder, de quien no suele llamarse a engaño y a quien su Dios guarde siempre con salud y sabiduría, por muchos años.

Amén”.

MARIO BERMUDEZ

NOTAS

(1) Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU). Acta Nro. 7/2015. Paysandú, 26-11-2015.

(2) Delegación Argentina ante la CARU. Subcomisión de Aguas y Prevención de la Contaminación Ambiental de la CARU. Informe Nro. 336. Paysandú, 26 y 30-10-2015.

(3) Delegación Argentina ante la CARU. Nota Interna DACARU Nro. 50/2014. Paysandú, 10-3-2014. Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. Notas de los Intendentes Municipales de Gualeguaychú y Pueblo Gral. Belgrano. EXPTE-MRE N° 8922 y 8664/2014 respectivamente. Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. EXPTE-MRE N° 9405/2014. Delegación Argentina ante la CARU. Nota Interna DACARU Nro. 53/2014, EXPTE-MRE N° 9550/2015.

(4) Delegación Argentina ante la CARU. Notas Externas DACARU Nros. 214 y 231/2015. Paysandú, 2 y 9-12-2015 respectivamente.

(5) Digesto del Río Uruguay. TEMA E3. Capítulo 1 “Contaminación”, art. 1° apartados a) y c). Capítulo 2 “Prevención en materia de Contaminación”, art. 1° apartados d) y e). Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU). Resolución 28/19. Paysandú, 5-12-2019. Boletín Oficial RA Nro. 34.285. Buenos Aires, 15-1-2020 y Diario Oficial ROU Nro. 30.359. Montevideo, 16-1-2020

(6) Informe de la situación. Víctor Cornou Heredia. UMG (en representación de EMI Music); Warner Chappell, LatinAutor, Polaris Hub AB. Buenos Aires, 1978. A quien corresponda. Joan M.Serrat i Teresa. SME (en representación de Ariola Records); Muserk Rights Management, EMI Music Publishing. Barcelona, 1981.

MAXIMA ONLINE - ARGENTINA - 30 Diciembre 2021