Opinion
Un digesto para legalizar y consolidar el statu quo en el Río Uruguay
Por Elías Jorge Matta (*)
La “adecuación” de capítulos claves del Digesto del Río Uruguay aprobada por la CARU en Diciembre de 2019, en particular el Libro Cuarto ‘Calidad de Aguas y Prevención De La Contaminación’, presenta numerosas novedades respecto a versiones anteriores, cambios que merecen ser analizados y difundidos.
Como se menciona al inicio del mencionado Libro, “Las disposiciones...tienen por objeto reglamentar...las medidas de control y evaluación para prevenir y mitigar la contaminación...”. Un gran objetivo, la forma más ‘inadecuada’ para lograrlo.
1. Nuestro Río Uruguay y su Medioambiente está seriamente contaminado; pero este nuevo Digesto no prevendrá, mitigará o reducirá este trágico hecho; ha sido diseñado ‘a la medida’ para legalizar y consolidar la situación actual, seguramente contabilizando también la contaminación adicional que se sumará en los próximos 2-3 años.
El río está seriamente contaminado, tal como quedó claramente expuesto en el Informe Conjunto sobre el Monitoreo de los años 2011-2015 y confirmado por informes de monitoreos posteriores.
Si alguien tiene alguna duda sobre el nivel de contaminación al que se hace referencia, la lectura del Libro Cuarto del nuevo Digesto lo terminará de despertar:
• En términos de calidad del agua y sedimentos, el Digesto asume que el río ha dejado de ser uniforme, como años atrás. Consecuentemente, lo ha dividido en siete áreas o zonas (7), cada una de ellas con diferentes tolerancias a la contaminación: el grueso de la masa líquida, cinco (5) zonas “de protección especial”, y lo que CARU denomina “zona de mezcla”. La primera zona “de protección” incluye a las únicas áreas de donde se extraerá el agua para potabilizar, que debe contar con los más altos estándares de calidad. No se ha fijado posición geográfica ni delimitado la extensión de todas estas zonas.
• “Las aguas y sedimentos del Río Uruguay tendrán objetivos y estándares de calidad tendientes a la conservación y desarrollo de la vida acuática...establecidos en el ANEXO 1a". El Anexo se refiere así a los valores guía para la calidad del agua del grueso de la masa líquida del río, un listado de más de 130 ítems, entre parámetros y sustancias químicas; muchos de ellos inexistentes en Digestos anteriores. Es evidente que estos nuevos ítems intentan cubrir el impacto dos grandes fuentes de contaminación, no debidamente consideradas en Digestos anteriores: a) la agricultura y la forestación en ambas márgenes, volcando nutrientes y plaguicidas de todo tipo (incluyendo glifosato y sus metabolitos); b) las plantas uruguayas de celulosa, con una lista muy conocida de compuestos químicos tóxicos.
No hay grandes modificaciones en los valores guías de los parámetros y sustancias ya incluidas en Digestos anteriores, aunque unos pocos compuestos muestran exigencias más bajas (valores más altos) de lo recomendado en normas europeas y canadienses (relación aproximada entre paréntesis): Arsénico (x3), Mercurio (x2), Cobre (x3), Plomo (x2), AOX (x3), Dioxinas (x2) y Cadmio (x3). Todos estos compuestos son reconocidos mundialmente como vertidos (marcadores) de plantas de celulosa blanqueada Kraft.
• “Zona de mezcla: el área aledaña al punto de evacuación de un efluente...”, “Las zonas de mezcla, desde el momento en que se establezcan, estarán exceptuadas del cumplimiento de los objetivos y estándares de calidad de las aguas tendientes a la conservación y desarrollo de la vida acuática...”. Tan claro como el agua...de nuestro viejo Río Uruguay: se acepta y asume que estas áreas serán (son...) las más contaminadas; seguramente serán tan extensas como sea necesario para dispersar y diluir las concentraciones tóxicas a los niveles definidos en el Anexo 1a. El Digesto no incluye en esta categoría a los ríos tributarios, por el momento.
2. Una reflexión adicional sobre las Emisiones a la Atmósfera
La CARU ha decidido tiempo atrás que no considerará y por tanto no controlará las emisiones a la atmósfera de las plantas de celulosa; es un error grave y negligente: primero, porque estas emisiones son las que más afectan - de manera directa, a las poblaciones aledañas; segundo, las emisiones atmosféricas prácticamente duplican en términos de masa los correspondientes a efluentes líquidos, y son tanto o más tóxicas; tercero, hace ya tiempo que está comprobado que como mínimo un 60% de esa masa tóxica termina – más temprano que tarde, en las aguas del río. No se contabiliza en este párrafo el vapor de agua y los gases de efecto invernadero (GHG).
¿Son más importantes los peces que las personas? ¿No debieran modificarse en forma inmediata e imperativa Leyes, Estatutos y lo que formalmente sea necesario para que CARU asuma este problema?
En los últimos años, la Organización Mundial de la Salud (OMS/WHO) ha sido muy tajante respecto al impacto de los contaminantes en el aire sobre los seres humanos, incluso en muy bajas concentraciones.
Las estadísticas son contundentes: el mayor y más extendido de los efectos es a largo plazo; las consecuencias crónicas por sobre las agudas. La contaminación del aire es insidiosa – y si realmente nos preocupamos por la gente, es imposible seguir ignorándola. (*) Ingeniero Químico