recursos hidrobiologicosImaginación kafkiana de la pesca a UPM

Un decreto pesquero, que regula la pesca científica apuntando a evitar cosas como la matanza de ballenas por “científicos” japoneses, motivó lecturas propias de una imaginación kafkiana.  Lo peor, la norma regía desde 2006, mostrando que quienes opinaban no tenían mayor idea del asunto.  El combo, como es habitual en ciertos colectivos, derivó en referencias a la nueva planta de celulosa y la ley de riego.

Jorge Balseiro Savio
Días atrás nos vimos sorprendidos por una noticia que auguraba el regreso a los peores años de nuestra historia, el gobierno había dispuesto que la investigación científica –especialmente la relativa a la calidad de agua y al medio ambiente- estuviera sujeta a la censura previa.  En esos términos titulaba la prensa y explotaban las redes sociales con toda suerte de pronósticos lúgubres, atribuyendo al gobierno una deliberada intención de callar la investigación científica.

Luego, lo previsible, se trataba de una de las cláusulas secretas del contrato de UPM.  Los ecos de la noticia se esparcieron y aún subsisten, ayer mismo en Uypress el colega Marcelo Marchese se hacía eco del tema.

Como suele ocurrir en estos casos, -y es entendible-, la inmensa mayoría de quienes se hicieron eco de la noticia no repararon en chequear lo básico, sea el texto del decreto, sean sus antecedentes.  Dieron por bueno lo que levantaron algunos exponentes de la academia.  Otro tanto cierto periodismo –tampoco afín al chequeo-, dispuesto siempre a comprar cualquier tipo de munición para tirarle al gobierno, aunque al final del día –como en este caso- resulte carne podrida.

En la primera referencia pública del tema ya se buscó omitir –o en el mejor de los casos disimular- lo básico, que se trataba de un decreto reglamentario de la ley de pesca que en uno de sus tantos capítulos regulaba la pesca de investigación.  Víctor Bacchetta, desde su blog titulaba “Control de la Ciencia del Agua”, donde a su vez citaba un planteo de integrantes de la Facultad de Ciencias.  Título desinformador si los hay.

Ahora bien, los hechos son los hechos, los integrantes de la Facultad de Ciencias se refieren específicamente a los artículos 8° y 44° a 50° del decreto 115/018 que se impugna.  A poco de comparar el nuevo decreto con los precedentes se aprecia que el artículo 8° del decreto 115/018 transcribe textualmente disposiciones del artículo 6° del decreto 149/997.  Los artículos 44° a 50° constituyen el capítulo VII del decreto impugnado y se titula “Pesca de Investigación”, no se necesita mayor formación jurídica para saber en que consiste la pesca.  En lo sustancial, esas disposiciones ya estaban establecidas en el artículo 12° del decreto 149/997 y se reiteran sin mayores variantes –en particular las más criticadas- en la redacción dada por el decreto 297/006.

Veamos una de las disposiciones más criticadas, el artículo 44° en su literales k) y l):

“k) compromiso de presentar todos los datos y resultados obtenidos en la investigación o docencia realizada, inclusive los relativos a manipulación a bordo de las capturas, procesamiento a bordó o en tierra, aspectos económicos de las operaciones, así como cualquier otro dato que la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos estime pertinente solicitar;

l) compromiso de no dar a publicidad a cualquier tipo de información especialmente de los datos obtenidos, sin autorización expresa de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos;”

Veamos ahora lo que decía al artículo 12° del decreto 149/997 en la redacción vigente hasta días atrás, dada por el decreto 297/006 en sus literales j) y k):

“j) Compromiso de presentar todos los datos y resultados obtenidos en la investigación o docencia realizada, inclusive todos los relativos a manipulación a bordo de las capturas, procesamiento a bordo o en tierra, aspectos económicos de las operaciones, etc. si correspondiese.

k) Compromiso de no dar a publicidad los datos obtenidos sin autorización expresa de la DINARA.”

Ninguna diferencia sustancial, ajustes de redacción menores y va de suyo que los integrantes de la Facultad de Ciencias que iniciaron esta movida omitieron citar la normativa previamente vigente.  La razón la desconocemos, si fuera ignorancia sería más que preocupante que haya funcionarios públicos que ignoren la normativa que los rige, y si en el terreno hipotético conocieran el decreto sustituido, estaríamos ante algo peor, una deliberada intención de desinformar al omitir información relevante.

Cabe señalar que el ruido periodístico y de redes sociales –donde no podía faltar la referencia de UPM- derivó rápidamente en lo que con singular acierto en declaraciones a Búsqueda, el Director de DINARA, Andrés Domingo calificara de “imaginación casi kafkiana”, cuando señalara que “Eso es más que ridículo”, “Generar un decreto reglamentario, que se planteó en 2015, para no permitirle investigar a la Universidad en una planta de UPM es tener un imaginación casi kafkiana”, refiriéndose a declaraciones del Ing. Agr. Daniel Panario de la Facultad de Ciencias que sugerían el vínculo con UPM al extremo de afectar la mismísima autonomía de la Universidad de la República.

Sólo una imaginación kafkiana puede llegar a interpretar que las disposiciones de este decreto -que ya regían desde 2006 e incluso 1997- iban más allá del imprescindible control a cualquier forma de pesca –incluyendo la científica-, ya que pasaban a controlar además la extracción de cualquier muestra de agua –y los estudios científicos ambientales asociados-, bajo la kafkiana fundamentación que al existir microorganismos en las mismas quedaban comprendidos en los “recursos hidrobiológicos” que refiere el decreto.  Por suerte el decreto incluye un capítulo de definiciones, y al respecto señala:

“Recursos Hidrobiológicos. Son todas aquellas especies hidrobiológicas u organismos en cualquier fase de su desarrollo, que tenga en el agua su medio normal o más frecuente de vida y sean susceptibles de ser aprovechadas por el hombre.”

Más claro imposible, “susceptibles de hacer aprovechadas por el hombre”, y más allá que faltó la queja al lenguaje “no inclusivo”, si alguien encuentra un uso productivo a las cianobacterias, bienvenido sea.  En resumen, un disparatario kafkiano que sorprende como se repite para intentar escapar de lo que se ha convertido en un ridículo importante.

Agréguese que en más de una década de vigencia de las disposiciones criticadas, no se ha conocido un solo hecho en la cual las mismas hayan derivado en restricciones a la actividad científica, que de haber existido, vaya que nos habríamos enterado.

Al final del día la montaña parirá un ratón, tuvimos una aproximación sensata del Rector Markarián focalizando el punto en el tema pesca de investigación, y lo que tendremos probablemente sea una redacción ajustada que establezca exactamente lo mismo, pero que esté blindada contra las lecturas kafkianas de algunos colectivos.

Ese es el punto, en este estado del debate ambiental reaparece el mismo modus operandi de hace más de una década, cuando estallara la polémica celulósica.  No tenemos más que recordar a los hoy felizmente inexistentes “ambientalistas” de Gualeguaychú –una piara de piqueteros kirchneristas que bloqueos mediante vaya que nos dañaron como país-, y como ahora sus compañeros de ruta locales de aquella época, en este caso el Sr. Bacchetta y el Ing. Agr. Panario et al. se repiten.  Modus operandi que se reitera en la ausencia de rigor periodístico en quienes presumen la condición de periodistas, y la ausencia de rigor científico a la hora de la divulgación, -descontamos que a la hora del peer review los científicos se ajusten a las leyes de juego para publicar-, para divulgar, para el micrófono, lo que parece mandar en algunos es la camiseta militante.  Nada que reprochar, el periodismo como militancia en nuestro país surge con el periodismo mismo y su falta de rigor se ha tolerado –porque al final del día se sabe que el objetivo es la chicana-, en ciencia es un poco más complicado.

Hay que repasar los archivos, en 2005 y 2006 ya existía internet y están registradas todas las desgracias que desde cierta ciencia y cierto periodismo, se pronosticaban como indefectibles y surgirían de la expansión de los bosques artificiales y la industria de la celulosa.  Nada de las catástrofes pronosticadas ocurrió, y ante la evidencia científica de una década sin impactos negativos, no consta que haya existido rectificación alguna.

Es lo que es, un conocido colectivo del ecologismo fundamentalista y la ultraizquierda, al cual a partir de las cabalgatas de Aratirí se le sumo cierta oligarquía rural de derechas que hoy enarbola el pabellón nacional, con el aporte incluso de elementos con vínculos con la dictadura.  Inspirada en el nihilismo de un supuesto socialismo nacional (o lo inverso) que promete lechugas orgánicas como proyecto de desarrollo y presume una representación inverificable, basada en la distorsión de los hechos y la evidencia científica, que bien hace el gobierno en ignorar a la hora del debate público.

El resto, el resto es silencio
Jorge Balseiro Savio

 Referencias
http://www.observatoriodelaguaenuruguay.com/control-de-la-ciencia-del-agua/
http://www.mgap.gub.uy/sites/default/files/decreto_115-18-reglamentario_ley_191.75_0.pdf
http://www.mgap.gub.uy/sites/default/files/multimedia/2156_Decreto_149_997_Ajuste_y_actualizacin.pdf
http://www.mgap.gub.uy/sites/default/files/multimedia/decreto_no_297_agregado_pesca_cientfica_y_otras.pdf

ICI URUGUAY - 17 julio 2018